domingo, 21 de abril de 2013
jueves, 11 de abril de 2013
martes, 9 de abril de 2013
Que es el derecho penal.
Derecho penal es el conjunto de principios y reglas jurídicas que determinan las infracciones, las penas o sanciones, y las relaciones del Estado con las personas con motivo de las infracciones o para prevenirlas.
Cuando se habla de derecho penal se utiliza el término con diferentes significados, de acuerdo a lo que se desee hacer referencia; de tal modo, podemos mencionar una clasificación preliminar tal como: Derecho penal sustantivo, y por otro lado, el Derecho penal adjetivo o procesal.
cc
http://www.unav.es/penal/iuspoenale/imagenes/Nuevas/Derecho-penal-(portada).gif
miércoles, 3 de abril de 2013
El delito
I. Sujetos del delito:
- Activo. Conocido como el delincuente, es aquél que comete una conducta o hecho delictivo. Lo puede ser sólo la persona física, pues una acción que constituye un delito tiene una naturaleza tal, que no puede realizado por un ente colectivo, aunque sea establecida la posibilidad de aplicar consecuencias jurídicas a éstas, en casos determinados.
- Pasivo. Es la víctima del delito. Es todo titular de interés que se ve perjudicado con el delito pudiendo ser una persona individual o colectiva, y no puede serlo ni los muertos ni los animales, por no ser titulares de ningún interés.
Cuando algún miembro o representantes de una persona jurídica, o de una sociedad, corporación o empresa o de cualquier clase, con excepción de las instituciones del Estado, cometa un delito con los medios que para tal objeto las mismas entidades le proporcionen, de modo que reulte cometido a nombre o bajo el ámparo de la representación social o en beneficio de ella, el juez podrá, en los casos exclusivamente especificados por la ley, decretar la sentencia de la suspensión de la agrupación o su disolución, cuando lo estime necesario para la seguridad públicas.
II. Instrumentos del delito:
Se le conoce así a aquéllos objetos materiales que sirvieron al delincuente para poder cometer el delito, desde planearlo y efectuarlo incluyendo su encubrimiento. Son decomisados y acarrean una pena.
III. Objetos del delito.
Es la persona, casa, bien o interés penalmente protegido. Sobre éstos recae la acción del sujeto activos, persona, individuo o sociedad colectiva.
IV. Objeto jurídico:
Es la norma, el derecho violado o el bien o interés jurídicamente protegido, objeto de la acción delictiva bien jurídicamente protegida es el bien tutelado por el derecho mediante la amenaza penal. Es el bien o interés que está protegido por el derecho.
II. Instrumentos del delito:
Se le conoce así a aquéllos objetos materiales que sirvieron al delincuente para poder cometer el delito, desde planearlo y efectuarlo incluyendo su encubrimiento. Son decomisados y acarrean una pena.
III. Objetos del delito.
Es la persona, casa, bien o interés penalmente protegido. Sobre éstos recae la acción del sujeto activos, persona, individuo o sociedad colectiva.
IV. Objeto jurídico:
Es la norma, el derecho violado o el bien o interés jurídicamente protegido, objeto de la acción delictiva bien jurídicamente protegida es el bien tutelado por el derecho mediante la amenaza penal. Es el bien o interés que está protegido por el derecho.
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